Diseño por prestaciones (2) en instalaciones de protección contra incendios

Diseño por prestaciones en instalaciones de protección contra incendios

En esta nueva entrada de nuestro blog, continuamos la temática del post anterior, con la segunda parte del diseño por prestaciones (1) en instalaciones de protección contra incendios (PCI).

Refrescando el concepto, diremos que el diseño basado en prestaciones es una técnica que permite analizar un riesgo concreto en un espacio (edificio, almacén, sala, etc.) a través de una simulación. Ésta se efectúa tanto del desarrollo de un incendio como del comportamiento de los sistemas de protección contra incendios existentes o propuestos.

El RD 314/2006 por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE) propone una mención más concreta del diseño por prestaciones. En concreto, estableciendo que: “Para justificar que un equipo cumple las exigencias básicas que se establecen en el CTE podrá optarse por:

b) Soluciones alternativas, entendidas como aquéllas que se aparten total o parcialmente de los DB (en el caso de protección contra incendios el DB SI).

Diseño por prestaciones en instalaciones de protección contra incendios
Diseño por prestaciones en instalaciones de protección contra incendios

Diseño por prestaciones (2) en instalaciones de protección contra incendios

El proyectista o el director de obra pueden, bajo su responsabilidad y previa conformidad del promotor, adoptar soluciones alternativas. Será siempre que justifique documentalmente que el edificio proyectado cumple las exigencias básicas del CTE. Esto, a su vez, será porque sus prestaciones son, al menos, equivalentes a los que se obtendrían por la aplicación de los DB.

En concreto el DB SI del CTE en el Capítulo III Criterios generales de aplicación, indica: “pueden utilizarse otras soluciones diferentes a las contenidas en este DB. En este caso, deberá seguirse el procedimiento establecido en el artículo 5 del CTE y deberá documentarse en el proyecto el cumplimiento de las exigencias básicas».

Cuando la aplicación de este DB en obras en edificios protegidos sea incompatible con su grado de protección, se podrán aplicar aquellas soluciones alternativas que permitan la mayor adecuación posible. Será desde los puntos de vista técnico y económico, de las condiciones de seguridad en caso de incendio.

En la documentación final de la obra deben constar aquellas limitaciones al uso del edificio que puedan ser necesarias como consecuencia del grado final de adecuación alcanzado y que deban ser tenidas en cuenta por los titulares de las actividades.

La adopción de medidas alternativas a las establecidas en la normativa aplicable implica que la propuesta deba ser aprobada por los correspondientes organismos competentes. Para ellos, es de vital importancia que el proyectista realice un exhaustivo estudio que permita justificar la idoneidad y nivel de protección alcanzados.

Photo credit: freepik

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